9 preguntas frecuentes sobre Tarjetas Revolving
Es un tipo de tarjeta de crédito que permite aplazar el pago de las compras a plazos, con un límite de crédito preestablecido. La principal diferencia con las tarjetas de crédito tradicionales es que el usuario solo paga una cuota mensual fija, que suele ser un porcentaje del saldo pendiente.
- Flexibilidad para pagar las compras a plazos.
- Posibilidad de disponer del dinero en efectivo.
- Promociones y descuentos especiales.
- Los intereses suelen ser muy altos, lo que puede aumentar considerablemente el coste de las compras.
- Existe el riesgo de caer en una espiral de deuda si no se realizan pagos regulares.
- Poca transparencia en las condiciones del contrato.
- Si la cuota mensual que pagas es un porcentaje del saldo pendiente.
- Si el tipo de interés aplicado es superior al 20%.
- Si no puedes cancelar el crédito dispuesto de una sola vez.
- Contactar con la entidad emisora de la tarjeta para negociar una reducción del interés o un plan de pagos más flexible.
- Reclamar a la entidad financiera si considera que los intereses son abusivos.
- Acudir a una asociación de consumidores para obtener asesoramiento y ayuda.
Sí, es posible reclamar los intereses de una tarjeta revolving si se consideran abusivos. El Tribunal Supremo ha establecido que el interés de demora no puede superar el 20%.
El plazo para reclamar los intereses de una tarjeta revolving es de 4 años desde la fecha de pago.
- El contrato de la tarjeta.
- Los recibos de las cuotas pagadas.
- Un escrito de reclamación.
- En el Banco de España.
- En la Dirección General de Consumo.
- En los Juzgados de lo Mercantil.
9 preguntas frecuentes sobre la Ley de Segunda Oportunidad
Es una ley que permite a los deudores exonerarse de sus deudas de forma legal, siempre que cumplan con una serie de requisitos.
- Personas físicas que sean deudores de buena fe.
- Empresarios que no hayan cometido delitos económicos.
- Personas que no superen un límite de deuda determinado.
- Deudas con entidades financieras (préstamos, hipotecas, tarjetas de crédito…).
- Deudas con proveedores.
- Deudas con Hacienda y Seguridad Social.
- No haber sido condenado por delitos económicos en los últimos 10 años.
- No haber cometido fraude contra la Seguridad Social o Hacienda.
- Haber intentado llegar a un acuerdo extrajudicial con los acreedores.
- No superar un límite de deuda de 5 millones de euros.
- Presentar una solicitud ante el Juzgado de lo Mercantil.
- Negociar un acuerdo extrajudicial con los acreedores.
- Si no se llega a un acuerdo, el juez puede exonerar al deudor de sus deudas.
- El deudor queda liberado de la obligación de pagar sus deudas.
- Los acreedores no pueden reclamar las deudas al deudor.
- Se cancelan los embargos y las anotaciones de embargo.
- El deudor no podrá obtener créditos durante 5 años.
- No podrá ser administrador de una empresa durante 10 años.
- Aparecerá en un registro de insolvencia durante 5 años.
Los costes varían en función del caso, pero suelen rondar los 2.000 euros.
El procedimiento puede durar entre 6 meses y 2 años.
¿Hablamos?
Cancelar tus deudas puede proporcionarte una gran cantidad de beneficios financieros y emocionales.