NUEVA CASO DE ÉXITO – UNA NUEVA DEUDA EXONERADA POR IMPORTE DE 29.459,84€
A continuación, te compartimos el caso de una persona que hemos ayudado desde www.deudasnogracias.com y que ya puede a partir de ahora “vivir tranquilo”. Este es el caso en cuestión:
Deuda exonerada en menos de 5 meses.
Esta persona es vecino de Sevilla y tenía una deuda total de 29.459,84 euros y solicitó hace tan solo unos meses acogerse a la ley de la segunda oportunidad. Tras tener una reunión con esta persona y comprobar que se podía acoger a la ley de la Segunda Oportunidad, iniciamos el proceso que ha terminado con el auto del Juzgado de lo Mercantil nº2 de Sevilla, el cual ha admitido su petición y ha decidido exonerar a esta persona de toda la deuda que acumulaba.
Esta persona se encuentra jubilada y cobrando desde hace unos años únicamente la prestación de jubilación, está divorciado y vive en régimen de alquiler. La complicada situación en la que se ha visto inmerso durante años deriva de la pérdida de su último empleo cuando contaba todavía con 57 años de edad, circunstancia que le hizo ir generando más deuda a la que con sus escasos ingresos desde entonces le ha sido imposible atender.
Esta persona solicitó acogerse a la ley de segunda oportunidad. Ahora, los tribunales han acordado que queda libre de todas sus deudas. Podrá comenzar de nuevo.
Pero lo más destacable de todo es que el asunto se ha resuelto en un tiempo récord. En un plazo inferior a 5 meses desde que se produjo la solicitud hasta la resolución del juzgado.
Ley de segunda oportunidad
Si has tenido o tienes deudas pendientes, sabrás qué significa estar en ASNEF o en cualquier otro listado de morosos. No puedes solicitar préstamos a las entidades financieras porque ninguna te da crédito. Por eso, siempre aconsejamos que, antes de llegar a esta situación, se acuda a la Ley de Segunda Oportunidad.
A través de ella, podemos liberarnos de nuestras deudas y volver a empezar desde cero. No obstante, para acogernos a esta norma debemos cumplir varias condiciones. Respecto a la ley de segunda oportunidad y sus requisitos, los principales son los siguientes:
- Ser persona física o autónomo y residir en España. Para las sociedades mercantiles está la figura del concurso de acreedores.
- Actuar de buena fe. Esto significa que, realmente, tenemos intención de pagar, pero no podemos hacerlo. Asimismo, no debemos haber sido condenados por delito concursal o contra organismos oficiales.
- La deuda no puede superar los cinco millones de euros.
Si cumples estas premisas, en principio, podrías ampararte la ley de segunda oportunidad. Debe solicitarse en el juzgado de lo mercantil aportando la documentación necesaria que demuestre tu situación económica. Una vez aceptada tu petición, el juez dictaminará si puedes acogerte a la ley y en qué condiciones, ya que también existen créditos no exonerables.
Es decir, podrá exonerarte de tus deudas total o parcialmente, en este último caso, establecer un plan de pagos que te resulte asequible.
En conclusión, la ley de segunda oportunidad puede ayudarte a eliminar tus deudas y comenzar de nuevo sin ellas. Si te encuentras en una situación similar a la de esta persona, contacta con nosotros y estaremos encantados de ayudarte.
Somos abogados especialistas en la Ley de Segunda Oportunidad, con años de experiencia en dicha materia y consiguiendo que las personas puedan liberarse de las deudas y volver a empezar.
🌐https://www.deudasnogracias.com/contacto
📞608 784 055